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Evaluación, Promoción y Titulación
Evaluación
- La evaluación del aprendizaje de los alumnos en la Educación Secundaria Obligatoria será continua e integradora, aunque diferenciada según las distintas y materias del currículo.
- Los profesores evaluarán a los alumnos teniendo en cuenta los objetivos específicos y los conocimientos adquiridos en cada una de las áreas y materias, según los criterios de evaluación que se establezcan en el currículo para cada curso y concretados en las programaciones didácticas.
- La evaluación será realizada por el conjunto de Profesores del respectivo grupo de alumnos, coordinados por el profesor tutor, actuando dichos profesores de manera colegiada a lo largo de todo el proceso y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo.
- Los profesores evaluarán, además de los aprendizajes de los alumnos, los procesos de enseñanza y su propia práctica docente en relación con el logro de los objetivos educativos del currículo.
Promoción
- Al finalizar cada uno de los cursos de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo de evaluación decidirá sobre la promoción de cada alumno al curso siguiente teniendo en cuenta su madurez y posibilidades de recuperación y de progreso en los cursos posteriores.
- Los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria de las áreas y materias que no hayan superado, en las fechas que determinen las Administraciones educativas. Una vez realizada esta prueba, cuando el número de materias pendientes sea superior a dos, de uno o varios cursos, el alumno deberá repetir el último curso en su totalidad y recuperar las pendientes de cursos anteriores. A estos efectos, se computarán todas las asignaturas pendientes de cada curso, independientemente de su denominación.
- Al finalizar dichas pruebas extraordinarias los profesores decidirán si el alumno promociona o no al curso siguiente. La decisión adoptada irá acompañada, en su caso, de medidas educativas complementarias encaminadas a contribuir a que el alumno alcance los objetivos programados. Los alumnos que promocionen con materias pendientes deberán recibir enseñanzas de recuperación en las mismas que faciliten su superación.
- Cada curso podrá repetirse una sola vez y sólo se puede repetir dos veces en la etapa.
- Las administraciones educativas establecerán el procedimiento necesario para realizar aquellas adaptaciones que se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluación del currículum, dirigidas a los alumnos con necesidades educativas especiales que las precisen.
Titulación
- Para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria se requerirá haber superado todas materias cursadas en los cuatro años de la etapa.
- Excepcionalmente la Junta de Evaluación podrá proponer a un alumno para que titule en el caso de que tenga pendientes hasta tres materias teniendo en cuenta los criterios de titulación aprobados por el Centro y que se adjuntan a continuación.
- Todos los alumnos, en cualquier caso, recibirán una acreditación del centro educativo en la que consten los años cursados y las calificaciones obtenidas en las distintas materias. Esta acreditación irá acompañada de una orientación sobre el futuro académico y profesional del alumno, que en ningún caso será prescriptiva y que tendrá carácter confidencial.
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